De: Carlos Rivero Blanco
Fecha: 3 de septiembre de 2014, 5:59
Asunto:
Para:
El Sindicato Único Nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de INPARQUES, SUNEP-INPARQUES, hizo público un comunicado donde señala los criterios de los estudios de impacto ambiental EIA y alerta sobre la responsabilidad legal de los funcionarios cómplices de ilícitos ambientales. El comunicado surge a raíz de la construcción del segundo puente sobre la laguna de La Restinga.
El puente en cuestión está dentro de un Parque Nacional, reconocido por la Convención Ramsar como un humedal de importancia internacional. Las obras comenzaron hace más de 6 meses y el 13 de agosto pasado la alcaldía presentó un supuesto estudio de impacto ambiental.
El problema reiterado contra las islas debe llamar la atención, recordemos algunos hechos que hemos publicado en este espacio: la pista de aterrizaje en La Tortuga, los planes hoteleros ofrecidos por el Ministerio de Turismo junto al de Transporte en La Orchila, La Blanquilla, la salida de la Fundación Científica Los Roques del archipiélago después de 50 años de trabajo y ahora este puente en Margarita dentro de un Parque Nacional. Todo bajo el silencio del Ministerio del Ambiente e INPARQUES.
Señala el comunicado que la primera actuación es la prevención y si la intervención se justifica, debe hacerse dentro de los criterios ambientales que aseguren los mínimos daños necesarios.
Las leyes son claras y específicas en ese sentido. Advierte SUNEP que los estudios de impacto ambiental, EIA, su desarrollo y ejecución son un derecho humano por cuanto contribuyen significativamente a lograr el ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado que la Constitución ordena.
Hace notar que los EIA, están contemplados en numerosos artículos de la Ley Orgánica del Ambiente y su incumplimiento es sancionado en la Ley Penal del Ambiente. Ambas leyes subrayan el carácter preventivo de los mismos, por lo que es fundamental que su elaboración, consulta y aprobación sea antes de "mover la primera piedra de una obra...", no hay excepciones.
Debe existir un informe técnico concluyente que indique que el antiguo puente no puede ser objeto de reparaciones, mantenimiento o ampliaciones y que es absolutamente obsoleto y que por lo tanto debe ser sustituido. "De no existir dicho informe y no estar aprobado el EIA la obra es absolutamente ilegal". Igualmente, el comunicado deja en claro las penalizaciones contempladas en la Ley Penal del Ambiente a los funcionarios que incurran en ilícitos ambientales. El texto completo puede ser consultado en: http://t.co/60icpVkAGB
Ciudadana Cristina Vaamonde Leáñez
Directora fundadora | AC Una Montaña de Gente UMDG
Miembro del Comité Mundial de Áreas Naturales Protegidas | Capítulo Venezuela
Miembro de la Sociedad Venezolana de Ciencias Naturales SVCN
Promotora del Sistema de Parques Nacionales de Venezuela
Directora fundadora del Observatorio Ambiental Venezolano OAV
Presidenta de la Federación Ambientalista Internacional | Sede Caracas - Vzla
Consejera Editorial de Ciencia y Ambiente | EL NACIONAL
Asesora de la Dirección de Cambio Climático y Gestión de Riesgos de la Cruz Roja Venezolana
Miembro del Movimiento Ciudadano Pro Defensa de las Áreas Naturales
Asesora de la Dirección de Defensa Integral del Ambiente y Delito Ambiental del Ministerio Público (DDIADA)
Miembro de la Red Social y Ambiental Ávila
Defensora Activa del Foro Penal Venezolano
unamontañadegente
+58 424 2487928 | 426 3196518 | 212 537 7434
www.unamontanadegente.blogspot.com
www.fai.org.ve
Facebook: UNA MONTAÑA DE GENTE
Federación Ambientalista Internacional | Sede Caracas - Venezuela
Twitter: @1montanadegente @ObservatorioAV
POR LA VIDA Y LOS BOSQUES: ¡Evita imprimir innecesariamente! En caso de no poder evitarlo, por favor reutiliza el papel.
No hay comentarios:
Publicar un comentario