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martes, octubre 23, 2012

"El cemento agudiza el caos"

---------- Mensaje reenviado ----------
De: Alejandro Álvarez Iragorry <alvareziragorry@gmail.com>
Fecha: 23 de octubre de 2012 11:53
Asunto: [FOVEA:4606] El cemento agudiza el caos
Para: FOVEA <fovea@googlegroups.com>, OTEO <OteoAmbientalVenezuela@yahoogroups.com>, Red ARA <arared@googlegroups.com>


El cemento agudiza el caos

La eliminación de áreas verdes evita que el agua sea absorbida por el suelo

JAVIER BRASSESCO |  EL UNIVERSAL
martes 23 de octubre de 2012  12:00 AM
La proliferación de edificios, barrios y urbanizaciones (de cemento, en una palabra) es una de las causas que explican por qué las lluvias crean cada vez mayor caos en Caracas.

Si a eso se agrega que gran parte de las urbanizaciones de la capital tienen más de medio siglo de existencia sin que jamás se hayan intervenido sus sistemas de drenajes para lluvias, y el hecho de que el número de vehículos se ha multiplicado por cien desde la época en que se construyó la última vía r´apida (principios de los 70), no es de extrañar que basten unas cuantas gotas para transformar a Caracas en un infierno de tráfico y desorden.

Mauro de Palma, director de mantenimiento de la alcaldía de Sucre, explica que las áreas verdes absorben el agua que cae, mientras que el concreto forma una barrera y hace que deslice. Como Caracas cada vez se va llenando más de concreto, el agua corre hacia los colectores y de ahí al río Guaire, cuyo cauce en El Llanito hace años que no se da abasto.

Es un problema, explica, al que se han visto enfrentadas muchas ciudades en el mundo, y por eso en muchas incluso se han eliminado carreteras pavimentadas y se han hecho las llamadas vías ecológicas con materiales permeables: "Pero aquí seguimos hablando de concreto, diciendo que cabe otra Caracas en Caracas. Imagina toda esa zona verde que eran los cuatro primeros kilómetros de la vía a El Junquito. Esa agua ya no es absorbida por el suelo sino que toda va a parar a la carretera, pues la zona se llenó de invasiones".

El ingeniero Ruperto Calatrava, director director de Infraestructura de la alcaldía de Baruta, explica que la proliferación de barrios y urbanizaciones provoca además que toda el agua potable se transforme en agua servida, lo que también contribuye a sobrecargar el sistema de colectores.

Deja claro que los proyectos hidráulicos se piensan para un máximo de cincuenta años, y muchas de las urbanizaciones de Caracas ya dejaron atrás ese aniversario sin que jamás se haya revisado su sistema de recolección de agua: "Es importante agregar que los niveles de lluvia han cambiado en los últimos años, que está lloviendo mucho más, y que ahora es necesario revisar todos estos drenajes con una periodicidad mayor a la tradicional".

El ingeniero Eduardo Páez Pumar, integrante de la Asociación Integral de Políticas Públicas, piensa que el caos que producen las lluvias se ha agravado porque se han dejado poblar zonas protectoras, como todo ese parque recreacional que está en la Cota 905 o las invasiones en los primeros kilómetros de la carretera Panamericana. Incluso Ciudad Caribia se construye en parte de la zona protectora. Y además el crecimiento de vehículos ha sido tan grande como la incapacidad para hacer nuevas vías: "Y no son solo los carros, fíjate cómo el crecimiento desproporcionado de motos también contribuye al desorden, pues cuando llueve todos se refugian bajo los puentes. Es un sistema en el que basta un pequeño obstáculo (un canal menos en la autopista, alguna laguna, un simple choque) para que colapse".

Autoridades enfrentadas 

El jueves pasado, un camión Váctor de la alcaldía Metropolitana que intentaba vaciar una laguna que se había formado en Maripérez desde el martes, fue confiscado por funcionarios de Policaracas con el argumento de que estaba "mal estacionado", y tres trabajadores fueron detenidos.

Ese es otro factor que contribuye a agudizar el caos: el enfrentamiento entre autoridades de diferentes alcaldías o del gobierno central con alcaldías controladas por la oposición.

De Palma relata que en Sucre han tenido problemas semejantes: una vez obreros de la alcaldía pintaban un arco en el barrio Fechas Patrias, Petare, y fueron retirados por gente de la compañía Odebrecht, que construye el Cabletren. Lo mismo sucedió cuando desde la alcaldía se trataba de recuperar la plaza El Playón a la salida de la estación Petare, que finalmente Odebrecht agarró como depósito de materiales.

"El gobierno realiza una intervención urbana como el Cabletren y ni siquiera avisan a la alcaldía lo que van a hacer. Esta ciudad jamás andará bien mientras solo use una pierna", dice De Palma.

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Cristina Vaamonde Leáñez
Directora fundadora | AC Una Montaña de Gente UMDG
Miembro del Comité de Áreas Naturales Protegidas | Sociedad Venezolana de Ciencias Naturales SVCN
Promotora del Sistema de Parques Nacionales de Venezuela
Directora del Observatorio Ambiental Venezolano
Presidenta de la Federación Ambientalista Internacional | Sede Caracas - Vzla
Miembro activo | AC Ciudadanos Verdes
Activista del Movimiento Ecológico de Venezuela MOVEV
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domingo, febrero 26, 2012

¿Quién protege al Henri Pittier? El Nacional 26/02/2012

---------- Mensaje reenviado ----------
De: Alejandro Álvarez Iragorry <alvareziragorry@gmail.com>
Fecha: 26 de febrero de 2012 12:56
Asunto: [FOVEA:3728] ¿Quién protege al Henri Pittier? El Nacional 26/02/2012
Para: arared@googlegroups.com, OteoAmbientalVenezuela@yahoogroups.com, fovea@googlegroups.com




¿Quién protege al Henri Pittier?
26-Feb 12:04 pm|Mireya Tabuas
Son sólo 5 funcionarios para las 107.800 hectáreas que tiene el Parque Nacional Henri Pittier, entre los estados Aragua y Carabobo. Apenas 5 hombres y 2 vehículos que la mayoría de las veces están en el taller
Cuando empezó el movimiento de tierra, a principios del mes de octubre de 2011, los guardaparques estaban ocupados despejando los derrumbes de la carretera a Choroní, afectada por las lluvias. Son sólo 5 funcionarios para las 107.800 hectáreas que tiene el Parque Nacional Henri Pittier, entre los estados Aragua y Carabobo. Apenas 5 hombres y 2 vehículos que la mayoría de las veces están en el taller. 

Por eso los trabajadores del Instituto Nacional de Parques no se percataron de los primeros kilos de cemento que fueron colocados detrás de la alcabala de la Guardia Nacional en el sector El Limón, en la entrada de la carretera a Ocumare de la Costa. Además, señalan bajo anonimato, que no podían imaginarse que la propia Guardia Nacional, órgano adscrito a la Guardería Ambiental, que junto con Inparques está encargado del resguardo del área protegida, había permitido el trabajo de una maquinaria que alteró la topografía del paisaje y destruyó la capa vegetal, sin cumplir con la normativa técnica.

El 10 de noviembre, cuando fueron al sitio porque recibieron denuncias por parte de algunos consejos comunales del municipio Mario Briceño Iragorry, ya el mal estaba hecho.

Casi todo. Allí vieron lo que aún se observa a simple vista desde la carretera: el bosque pelado, el suelo alfombrado con losas.

Los guardaparques (con más de 15 años de experiencia en la investigación de delitos ambientales) solicitaron permiso para entrar, hicieron la inspección técnica, fotografiaron y advirtieron que la obra tenía que paralizarse por estar ubicada dentro del parque nacional.Miembros de la Guardia Nacional hicieron caso omiso y alegaron que era un mandato presidencial construir allí 40 casas prefabricadas uruguayas de la Misión Vivienda, para uso de ellos y sus familias, las cuales serían inauguradas por el propio Presidente de la República en diciembre.

Los guardaparques aseguran que están "con el proceso", pero eso no los privó de seguir actuando en el intento de detener la obra pues así lo establece la legislación ambiental: redactaron un informe con todas las pruebas que fue remitido al director general de Inparques, capitán Miguel Matany, en Caracas.

En la sede principal de Inparques hubo silencio (silencio que aún se mantiene: las dos solicitudes de entrevista por escrito y las seis llamadas telefónicas a la oficina de prensa de esa institución no fueron suficientes para recibir una respuesta oficial).

Al técnico del instituto que llevaba el caso por Aragua lo sacaron de la investigación. A las pocas semanas, dos funcionarios de Inparques fueron removidos de su cargo: el coordinador del Parque Nacional Henri Pittier, Guillermo Mendoza (guardia nacional jubilado), y el director de ese organismo en la región, José Luis Pomárico, aunque no se dijo específicamente que esos despidos tuvieran relación con el informe.

La situación preocupó a los guardaparques porque la Guardia Nacional continuaba construyendo y ellos temían que Inparques los botara si insistían en denunciar la irregularidad.

Además había otro problema: los funcionarios de Inparques habían logrado paralizar días antes unas invasiones en el sector de Corozal (vía Choroní), pero los habitantes de esas comunidades ya se habían enterado de la obra de la Guardia Nacional y amenazaron con construir ellos también. "Si lo hacen los militares, nosotros lo haremos", les dijeron.


Acciones de defensa

Desde el momento de su creación como figuras de protección, parques nacionales, monumentos naturales y refugios de fauna silvestre se han visto amenazados por personas que construyen ilegalmente en ellos sus viviendas. Si bien las invasiones son de vieja data, a este mal se une ahora una alarmante novedad: son organizadas y amparadas por entes oficiales.

Sin embargo, el apoyo llegó inmediatamente al Parque Nacional Henri Pittier, que tiene dolientes aguerridos y organizados. Varios grupos ambientalistas (Sociedad Científica Amigos del Parque Henri Pittier, Tragahumos de Palmarito, Brigada Ambientalista Ecológica y de Rescate, Sociedad Ecológica y Conservacionista de Aragua y el Consejo de Educación Ambiental de Aragua) se movilizaron y decidieron tomar medidas legales.

El 21 de noviembre interpusieron la denuncia ante la Fiscalía General de la República en Maracay, que remitió el caso ante la Fiscalía 4° Nacional con Competencia Ambiental a cargo de Luz Mayela Hernández.
La solicitud de investigación es la número 23.305. No ha habido respuesta sobre este caso, aunque en marzo del año pasado esa misma fiscal actuó aceleradamente acordando medidas de protección del parque debido a los incendios. "Necesitamos que se pronuncie por escrito sobre esto", solicita Rafael Fernández, representante de la Sociedad Científica Amigos del Parque Henri Pittier.
Los ecologistas no se quedaron de brazos cruzados. El 1° de diciembre, el abogado de estas organizaciones, Edwards Castillo, introdujo la denuncia ante la Defensoría del Pueblo, alegando la violación de los derechos ambientales de los ciudadanos y como un recurso paralelo para que este organismo actuara como ente mediador.

Para ese entonces, los trabajos seguían avanzando. Cuando el caso se descubrió, la Guardia Nacional había construido 8 losas de concreto: llegaron a hacer 14, afectando una hectárea del parque. El 20 de diciembre, los ecologistas y miembros de las comunidades de El Limón y Mataseca protestaron en la carretera, lo que movió a los medios de comunicación social, sobre todo regionales. La fecha tan cercana a la Navidad enfrió un poco el caso.

Límites difusos. El 2 de enero, el teniente coronel Marlon Dulcey, comandante del Destacamento 21 de la Guardia Nacional, dio su versión del caso al periódico El Carabobeño.

Destacó que lo que se estaban construyendo no eran casas sino "soluciones institucionales", viviendas de guarnición que "cumplirán con el propósito de alojar a los funcionarios que se dedicarán al resguardo de los intereses ambientales del parque". Para Castillo no tiene sentido esa respuesta, pues Maracay cuenta con gran cantidad de terreno militar en el que se pueden hacer urbanizaciones.

En sus declaraciones, Dulcey aseguró que el terreno no estaba dentro del parque nacional. Indicó que un estudio hecho por el Instituto Nacional de Tierras le daba la razón. "El INTI, a través del uso de medios tecnológicos como GPS para la ubicación geográfica del terreno y su inserción dentro del plan de ordenamiento urbanístico, determinó que los terrenos se encuentran dentro de la poligonal urbana de Maracay". El ambientalista Rafael Fernández pregunta por qué el militar no ha presentado nunca la documentación que respalda su versión.

Si bien Fernández reconoce la deficiente delimitación de los linderos del parque, afirma que no hay duda de que el terreno afectado está dentro de la zona protegida. El Decreto de Ampliación del Parque Nacional (número 529 del 5 de noviembre de 1974) establece los límites de la zona: "Viene dado por una poligonal materializada por una cerca de estantillos de hierro y alambre de púas, dicha cerca bordea los barrios La Cruz, Maya, El Trigal, Valle Verde, Acuario, El Corral de Piedra hasta encontrar el margen izquierdo de la carretera nacional que conduce a Ocumare de la Costa". Aunque algunas comunidades han movido estas cercas robándole metros al área natural, igual el parque limita con esas casas, por lo tanto el área deforestada por la Guardia Nacional está visiblemente adentro.

El mismo decreto añade que la zona de uso especial (donde está la alcabala de la Guardia Nacional) está delimitada "solamente por el espacio que ocupan actualmente las infraestructuras existentes en concordia con las funciones de dichas instituciones". Es decir, no puede utilizar más terreno que el que tenía originalmente, menos en construcción de casas.

El abogado Edwards Castillo va más allá y denuncia que la institución militar, además de violar el reglamento de uso del parque que data de 1995 (el primero que se creó en el país a partir de una consulta pública), cometió otros ilícitos ambientales por la cercanía que tiene la construcción con la cuenca protectora del río El Limón.

"Se hizo sin estudio de impacto ambiental, se violó la Ley Orgánica de Ambiente, la Ley Orgánica para la Ordenación de Territorios, la Ley de Aguas, la Ley de Bosques y Gestión Forestal, entre otras", expresa el abogado. Para evaluar la vulnerabilidad de esta zona basta recordar el deslave del 6 de septiembre de 1987 que causó la muerte de 160 personas y dejó cientos de damnificados.

Castillo indica que las losas se hallan dentro de los límites de seguridad del río. Fernández añade que éste, además, fue dragado por la constructora de la obra. El artículo 54 de la Ley de Aguas (2007) obliga al mantenimiento de las zonas protectoras de cuerpos de agua que resguardan áreas sensibles. La Ley de Bosques y Gestión Forestal (2008), en su artículo 21, establece que el Estado debe velar por la defensa de los bosques nativos formados por especies forestales autóctonas de una región. "El bosque estaba formado por árboles propios de la zona", asegura Fernández.

La buena noticia. El 13 de febrero de 2012, el Parque Nacional Henri Pittier, el primero de Venezuela, cumplió 75 años de su creación. Cuatro días después, los grupos ambientalistas recibieron como noticia de "cumpleaños" la verdadera causa por la que se habían paralizado las obras a finales de diciembre: la Defensoría del Pueblo sí había avanzado en el caso, según puede verse en el expediente E-D-12-30-81.

El documento muestra que la defensora delegada especial con competencia en ambiente, Yelena Carpio, remitió el caso al coordinador de las Defensorías Delegadas Especiales, Aníbal Ortega. Éste lo dirigió al defensor adjunto de Aragua, José Soto, con un memorandum interno del 30 de diciembre de 2011 que solicita que se investigue el caso y se sancione a los responsables. El mismo documento insta a la paralización definitiva de la construcción y a la recuperación del área afectada. Llama a fijar posición ante los medios condenando esas acciones y reivindicando los derechos ambientales de la población. Destaca que se proceda a una acción de amparo de no obtener respuesta al llamado de paralización definitiva de la obra.

Gracias a esta intervención la construcción se detuvo, sin embargo, falta establecer las responsabilidades y resarcir los daños al ambiente. "Este caso no puede convertirse en un precedente que afecte a todo el sistema de parques", señala Fernández.

Bien lo dice el párrafo final de la solicitud de investigación que hicieron los grupos ambientalistas ante la Defensoría: "En caso de quedar impunes estos hechos y de conocerse públicamente esa situación, será imposible para los nobles guardaparques del país la defensa contra las invasiones, el rancho-tráfico y las construcciones ilegales dentro de los demás parques nacionales".


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Cristina Vaamonde Leáñez
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viernes, septiembre 09, 2011

Documento recibido acerca de la CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN EL PARQUE NACIONAL MÉDANOS DE CORO



A continuación documento recibido HOY VIERNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2011, a las 7:23 pm, vía unamontanadegente@gmail.com. Se trata de documento PDF con membrete de MINAMB e INPARQUES Falcón (ver imágenes adjuntas), que el Sr. Edgardo Lara, a quien agradecemos la gentileza, tuvo la ambilidad de remitirnos, desde el correo-e elaragarcia@gmail.com, expresándose en los siguientes términos:

Asunto: Informe presentado por los tecnicos de la region falconBuenas noches de acuerdo a lo conversado se remite informe presentado por los tecnicos de la region falcon, con respecto a las "futuras construcciones de viviendas y afectacion en areas del Parque Nnacional Medanos de Coro, donde dejan claro el apego a lo establecido en el ordenamiento legal q rige a los parques nacionales.

Saludos

.

"

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTES.

INSTITUTO NACIONAL DE PARQUES

Santa Ana de Coro, 08 de Septiembre de 2.011

INFORME TÉCNICO

Este informe se originó para dar opinión referente a las futuras construcciones de viviendas en un terreno ubicado bajo la Administración del Instituto Nacional de Parques (Inparques), las cuales incluyen tres (3) Consejos Comunales que no se encuentran dentro de los linderos del Parque Nacional Médanos de Coro. Cuyo proyecto se esta realizando de manera impositiva por parte del Ministerio de las Comunas, quienes en si se están saltando todos los trámites administrativos legales, por consiguiente no cuentan con la respectiva autorización emitida por el Instituto Nacional de Parques, afectando de esta manera todo el trabajo social que se viene desarrollando en las comunidades que hacen vida en este importante Parque Nacional.

INTEGRANTES:

Funcionario de INPARQUES:

Ø Med.Vet. Ángel Mora, Profesional I.

Ø Geog. Francisco Contreras, Jefe de División de Parques Nacionales.

Ø Ing. Sulay Arcila, Profesional II.

MARCO LEGAL

En nuestra carta magna la Constitución Bolivariana de Venezuela Capítulo IX De los Derechos Ambientales señala en su artículo 127 que es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Todos tienen derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es un deber fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.

De acuerdo al Reglamento Parcial de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio sobre Administración y Manejo de Parques Nacionales y Monumentos Naturales Decreto 276 en su Artículo 3 estipula que las actividades que podrán desarrollarse dentro de un parque nacional o monumento natural, están sometidas al régimen de aprobaciones y autorizaciones establecido en la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio. Dichas aprobaciones o autorizaciones serán otorgadas por el Instituto Nacional de Parques conforme a lo previsto en este Reglamento y en los planes de ordenación y reglamento de uso correspondiente.

En el artículo 12 numeral 10 del mismo Reglamento especifica como Uso Prohibido dentro de los Parques Nacionales y Monumento Naturales, los desarrollos urbanísticos y asentamientos humanos salvo las excepciones establecidas en este reglamento.

El Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Parque Nacional Médanos de Coro (PORU-PNMC) Decreto Nº 667 de fecha 10 de mayo de 1995, especifica en su articulo 3 que la administración y manejo del Parque Nacional tendrá como objetivo primordial la protección y conservación de los recursos naturales, culturales y el equilibrio ecológico, en beneficio del interés colectivo de las generaciones actuales y futuras. Como objetivos secundarios se tenderá a proporcionar a la colectividad facilidades para la educación, investigación, recreación y turismo en forma ordenada y dentro de la política de conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, respetando las potencialidades y restricciones propias de cada uno de los espacios que conforman el Parque Nacional.

El área donde se pretende realizar el proyecto, se encuentra ubicada en ZONA DE SERVICIO (S) de acuerdo al artículo 12 del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Parque Nacional Médanos de Coro (PORU-PNMC) Decreto Nº 667 de fecha 10 de mayo de 1995, donde solo se puede autorizar según lo estipulado para cada Zonificación en el articulo Nº 31 Ordinal VI esjuden lo siguiente:

Las actividades de investigación científica, educación y guardería ambiental.

Las actividades de recreación y la pernocta.

La construcción instalación y dotaciones apropiadas para la prestación de servicios públicos tales como: posadas turísticas, restaurantes, cafeterías, centros de recreación, balnearios, estacionamientos, cabañas y obras conexas.

Parque Nacional Médanos de Coro

Terreno

Zonificación del Terreno.

Datum REGVEN / WGS 84

Coordenadas del Terreno

Cuadro de texto: Puntos  Coord_ Este  Coord_Norte  1  430.881  1.263.684  2  430.777  1.263.865  3  430.765  1.263.869  4  430.751  1.263.860  5  430.721  1.263.843  6  430.716  1.263.842  7  430.714  1.263.845  8  430.714  1.263.850  9  430.717  1.263.856  10  430.715  1.263.861  11  430.716  1.263.867  12  430.715  1.263.872  13  430.718  1.263.886  14  430.718  1.263.895  15  430.714  1.263.905  16  430.712  1.263.914  17  430.711  1.263.927  18  430.709  1.263.940  19  430.710  1.263.958  20  430.723  1.263.973  21  430.752  1.263.992  22  430.788  1.264.023  23  430.798  1.264.024  24  430.808  1.264.031  25  430.813  1.264.038  26  430.821  1.264.045  27  430.875  1.264.077

Cuadro de texto: 28  430.899  1.264.088  29  430.907  1.264.090  30  430.925  1.264.094  31  430.935  1.264.087  32  430.941  1.264.089  33  430.950  1.264.088  34  430.976  1.264.080  35  430.994  1.264.073  36  430.999  1.264.066  37  431.009  1.264.062  38  431.088  1.263.927  39  431.050  1.263.906  40  431.041  1.263.900  41  431.098  1.263.806

Una vez georeferenciados los puntos el Área total del terreno es: 98.039,84m2 (9.804 has).

Con un perímetro de: 1.319, 24 metros lineales.

Ubicación:

Sector Las Marbellas, Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda, Coro- Estado Falcón.

Vista Frontal del Terreno Google Earth 2011.

Lindero:

Norte: Terrenos del Parque Nacional Médanos (comunidad de la Hosteria.

Sur: Intercomunal Coro – La Vela.

Este: Estadio de Beisbol de Eleoccidente y el poblado la Rotaria

Oeste: Urbanización las Marbellas y Bienhechurías de la Familia Crasto.

Vista Satelital del Terreno

Características del Terreno:

El área donde se están realizando los trabajos presenta un suelo del tipo areno – arcilloso.

La topografía del terreno es plana, presentando pequeños desniveles en el mismo.

El borde sur del terreno (limite) es la vía Intercomunal Coro La Vela.

Se observa gran cantidad de acumulación de escombros y material de construcción.

Se observo en el área una maquinaria pesada tipo pailover realizando movimientos de tierra y desforestación. Al comunicarnos con el Director de la Región Falcón, el cual nos indico que recibió una llamada (vía telefónica) de la alta Gerencia de INPARQUES donde se le daban instrucciones de no intervenir en los trabajos para la construcción de dichas viviendas por parte del Ministerio de las Comunas. En los actuales momentos no se cuenta con una Autorización por escrito Emitida por la Dirección General Sectorial de Parques Nacionales. Los trabajos se iniciaron el día 07/09/2011 y junto a estas instituciones se observo en el sitio una comisión de la Guardia Nacional custodiando los trabajos.

La vegetación afectada, se caracteriza por ser xerófila correspondiente al Monte Espinoso Tropical. La predominante es: vegetación baja arbustos de Cují Yaque (Prosopis juliflora), Cardón de Dato (Stenocereus griseus), olivo (Capparis odaritissima), Tuna Brava (Opuntia wentiana), Uveda (Acasia macracantha), Sibidigua (jatropha gossypiifolia), Guayacan (Guayacum officinale), sividigua (Kalanchoe daigremontiana).

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:

1.- El área donde se pretende realizar el proyecto se encuentra dentro de los linderos del Parque Nacional Médanos de Coro en la Zona de servicios.

2.- Los Parques Nacionales no son para resolver problemas habitacionales de las comunidades y mas a un cuando dentro del mismo Parque Nacional Médanos de Coro existen poblados con los mismos problemas de viviendas y que durante 37 años desde que fue decretado el Parque Nacional, se le ha impedido con basamento legal la construcción de vivienda y mas a un se le a apertura procedimientos Administrativos Sancionatorios a habitantes del parque por ampliaciones o reparaciones de las mismas.

3.- Se pretende construir viviendas a consejos Comunales que no habitan en el Parque Nacional, entendemos que ellos tienen derecho como Venezolanos a una vivienda digna pero es responsabilidad del estado ubicarlos en terrenos con vocación para viviendas y no en el Parque Nacional.

4.- No se ha presentado una solicitud formal, ni la documentación mínima del proyecto, eso en dado caso que sea factible dicha autorización, en otras palabras se ha violando en si toda la normativa legal partiendo de que áreas tan extensas necesitan de un estudio de impacto ambiental y sociocultural para la realización de este proyecto.

5.- Los trabajos realizados van en contra de lo estipulado en el articulo 34 numeral 4 y numeral 18 de los Usos y Actividades Prohibidas del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Parque Nacional Médanos de Coro (PORU-PNMC) Decreto Nº 667 de fecha 10 de mayo de 1995 y el articulo 12 numeral 10 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio sobre Administración y Manejo de Parques Nacionales y Monumentos Naturales Decreto 276 del 07 de junio de 1989 publicado en Gaceta Oficial Nº 4.106 Extraordinario de fecha 09 de junio de 1989.

5.- El presente informe se debe tramitar a la Fiscalía Decima Cuarta en materia Ambiental.

6.- Es opinión de los suscritos que se debe paralizar los trabajos hasta tanto no se aclare la situación de los mismos.

7.- No se esta tomando como prioridad las comunidades que habitan el Parque Nacional, y que viven en condiciones deplorables, y que la dignificación de una mejor calidad de vida debe comenzar con ello.

8.- Actualmente la Dirección Regional Falcón, esta realizando un censo de las comunidades, para definir así quienes necesitan en realidad estar incluido en esta propuesta que plantea en los actuales momentos el Instituto Nacional de Parques.

9.- Se recomienda a las Instituciones que quieren realizar alguna actividad dentro de los linderos del Parque Nacional Médanos de Coro, presentar la respectiva documentación mínima, que permitan la evaluación y revisión de la misma, con miras a dar una respuesta positiva o negativa según sea el caso.

Ing. Sulay Arcila Med.Vet Ángel Mora

Profesional II Profesional I

Geog. Francisco Contreras

Jefe de División de Parques Nacionales
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NOTA CURIOSA: El correo tiene un marcador, especificando "Mensaje importante principalmente por los integrantes de la conversación".

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